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Normatividad

NOM-154-SCFI-2005: recarga y mantenimiento de extintores


Es la norma que regula cómo se da servicio a un extintor en México: mantenimiento, recarga y evidencia. Si Protección Civil le pide “extintores vigentes”, esto es lo que está revisando.

Revisión de extintor Grupo CRM: etiqueta de uso y manómetro
Un extintor sin servicio vigente no sirve en la inspección ni en un conato.

¿Qué cubre la NOM-154-SCFI-2005?

La NOM-154-SCFI-2005 es la Norma Oficial Mexicana de Economía (antes SCFI) sobre el servicio de mantenimiento y recarga de extintores. No le dice a usted qué tipo de extintor comprar; le dice a quien recarga cómo debe hacerlo: procedimiento, agente, presión, etiqueta y registro.

Esta página no reproduce el texto oficial. Un consultor o su unidad interna deben revisar la versión vigente. Grupo CRM recarga y da mantenimiento a extintores en CDMX y Estado de México; la primera visita es sin costo.

Grupo CRM trabaja con MCD (Mexicana de Conformidad y Dictaminación) para el cumplimiento de la norma NOM-154-SCFI-2005, unidad de verificación del servicio de mantenimiento y recarga de extintores.

Por qué le importa a su empresa

En una inspección casi no preguntan el nombre de la norma. Preguntan si el extintor tiene etiqueta de servicio, si el manómetro está en rango y si hay evidencia de quién lo recargó. Si el servicio no se hizo bien, el equipo “se ve rojo” y aun así no pasa.

No es lo mismo pintar un manómetro o cambiar una etiqueta que recargar con el agente correcto, revisar sello, manguera y válvula, y dejar constancia. Eso es lo que la NOM-154 ordena del lado de quien da el servicio.

¿Qué se revisa en la práctica?

  • 1

    Mantenimiento y recarga

    El plazo lo marca la norma y el tipo de extintor. En inspecciones piden servicio vigente, no “lo recargamos cuando se vea vacío”.

  • 2

    Prueba hidrostática

    El cilindro se prueba a intervalos según el equipo. Si ya tocó, recargar sin esa prueba no deja el extintor en regla.

  • 3

    Etiqueta y sello

    Debe leerse de frente: fecha, tipo de servicio y quién lo hizo. Un sello roto o una etiqueta genérica suelen bastar para observar el punto.

  • 4

    Evidencia

    Guarde la orden o el reporte. En condominios y restaurantes es lo primero que piden junto a la bitácora.

¿Qué pedirle a quien le recarga?

  1. Que trabaje el servicio bajo la NOM-154-SCFI-2005, no “a ojo”.
  2. Que le deje etiqueta legible y un comprobante con fecha y tipo de trabajo.
  3. Que le diga si toca prueba hidrostática o si el cilindro ya no sirve.
  4. Que instale de nuevo el equipo en su sitio, visible y con acceso libre.

Desconfíe si le ofrecen recargar “sin recoger el extintor” o si solo le cambian la calcomanía. El agente, la presión y el sello importan tanto como el color del cilindro.

¿Cómo se relaciona con la NOM-002 y Protección Civil?

Son piezas distintas. La NOM-002-STPS-2010 habla del centro de trabajo: prevención, señales y punto de reunión. La NOM-154-SCFI-2005 habla de cómo se da mantenimiento al extintor. Protección Civil del municipio o de la Ciudad aplica su reglamento y, en la visita, cruza ambas: que el equipo exista, se vea y esté servido.

Si le pidieron “dejar el inmueble en regla”, suele faltar el combo: extintores con servicio vigente, gabinete o soporte, señalamientos y, si aplica, botiquín. Eso revisamos en sitio.

¿Cómo lo hacemos en Grupo CRM?

Vamos a su empresa en CDMX o Estado de México, revisamos cada extintor y le decimos qué se recarga, qué se sustituye y qué ya no conviene reparar. El detalle del servicio está en recarga de extintores y mantenimiento de extintores. Cotizamos el mismo día. Aceptamos tarjeta y meses sin intereses.

Si aún no tiene claro el tipo, empiece por la guía de clases de fuego o por el extintor de 6 kg, el que más se instala en pasillos y locales.

Fuentes citadas

¿Le pidieron recargar o dejar evidencia de servicio? Con gusto revisamos sus extintores en sitio.

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